14 de diciembre de 2020.

En los próximos meses se abrirá la convocatoria de subvenciones para la rehabilitación de viviendas dentro del plan de vivienda 2018-2021.
Con fecha 10 de Junio de 2019 ya se han publicado las bases reguladoras, a continuación en los próximos meses se publicara la convocatoria. El plazo para solicitar las ayudas, será de 3 meses a partir de la publicación de dicha convocatoria en el BOCM y serán para obras terminadas con posterioridad al día 1 de Enero de 2018.
Tipo de actuaciones subvencionables que se divide en
- Obras o trabajos de mantenimiento e intervención e incluso en el interior de viviendas, instalaciones fijas, equipamiento propio y elementos comunes para adecuarlo a la normativa vigente.
- Fomento de la eficiencia energética.
- Fomento de conservación, mejora de la seguridad de utilización y accesibilidad.
Mínimo de inversión
- En unifamiliar superior a 800€ por vivienda en accesibilidad y 3.000€ en resto de actuaciones.
- En colectiva mayor de 800€ en accesibilidad y 6.000€ en resto de actuaciones.
Cuantía de las ayudas
- Mantenimiento y conservación de interior
- 40%de la intervención con un máximo de 12.000€ por vivienda.
- Si existen locales, se añade 120€/m2
- Para unidades de convivencia con ingresos menores a 3 veces IPREM, 75% de la inversión.
- Para mayores de 65 años o con discapacidad, 75% de la inversión en accesibilidad para esa vivienda.
- Fomento de la eficiencia energética
- 40% de la intervención, con un máximo de 12.000€/vivienda en unifamiliar y 8.000€/vivienda en colectiva. Para locales comerciales 80€/m2 local.
- Para unidades de convivencia con ingresos menores a 3 veces IPREM, 75% de la inversión.
- Para viviendas con residente incapacitado el límite pasa a 18.000€/vivienda en unifamiliar y 12000€ en colectivo. Si hay discapacidad máxima los límites son de 24.000€ y 16.000€ respectivamente
- Fomento de conservación, mejora de la seguridad de utilización y accesibilidad
- Para cimentación, estructuras, cubiertas, etc. 40% de la intervención, con un máximo de 3.000€/vivienda y 30€/m2 para locales.
- Para conservación y accesibilidad 40% de la intervención con un máximo de 8000€/vivienda.
- Si hay discapacidad 1c el límite pasa a 14.000€/vivienda y discapacidad máxima 17.000€/vivienda.
- En ingresos menores a 3 veces IPREM el 75%.
- En accesibilidad, para mayores de 65 años o discapacidad el 75%.
- Para menores de 35 años se aumenta el 25% la subvención.
Documentación a presentar
- Solicitud a descargar, una vez se haya publicado la convocatoria.
- Copia del NIF del solicitante o representante de la comunidad de propietarios.
- Si es arrendatario, autorización del propietario.
- Datos del edificio a rehabilitar. Certificados de empadronamiento y Notas simples. Si las viviendas están vacías, compromiso de arrendamiento.
- En caso de Comunidad de propietarios, Acta de la junta con la aprobación de las obras y nombramiento del Representante.
- Solicitud de Licencia.
- Memoria o proyecto, en su caso firmado por técnico competente.
- Presupuesto del contratista desglosado por partidas y NIF de la empresa.
- Reportaje fotográfico del estado actual.
- Es obligatorio, junto a la memoria o proyecto realizar por técnico competente el informe de Evaluación de Edificios tanto para unifamiliar como colectiva.
- Certificado de discapacidad, en su caso.
- En su caso, copia declaración de Hacienda de cada miembro de la unidad de convivencia, último periodo. Si no declaran, certificado de imputación de rentas.
- Si el presupuesto es mayor de 40.000€, tres ofertas de contratistas o justificación de no existencia de alternativas.

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